Económica financiera

INFORMACIÓN PRESUPUESTARIAS Y CONTABLE

Las Cuentas Anuales se preparan a partir de los registros contables de la Fundación Santa Cruz Sostenible, aplicándose las disposiciones legales vigentes en materia contable, y mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación. 

En las Cuentas Anuales se han aplicado hasta el ejercicio 2011 los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1515/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de PYMES y los criterios contables específicos para microempresas y el resto de disposiciones legales vigentes en materia contable, en concreto, la adaptación sectorial en vigor a la fecha de publicación del Real Decreto 1515/2007, para entidades sin fines lucrativos, en todas aquellas cuentas que no se opongan a la estructura del nuevo plan. A partir del 1 de enero de 2012 la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible formula sus cuentas anuales adaptándolas a la normativa aprobada mediante Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre por las que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y ajustándose el ejercicio 2013 y siguientes a la Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos y se tiene en cuenta asimismo el Real Decreto 602/2016 de 2 de Diciembre.

A tenor del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, se ejerce el control del presupuesto y gasto público [a que se refiere el título VI del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales] sobre la totalidad de las entidades que conforman el sector público local por los órganos de intervención, entre ellas, la propia Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible. 

Si bien la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible no supera los límites, que fija la Ley [art. 25.3 de Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias], referidos a la cifra de negocios, al importe total del activo según balance y al número anual medio de empleados, para someterse en todo caso a la auditoría obligatoria de sus cuentas anuales, ni sus estatutos disponen la obligación de someter estas a auditoría, desde la perspectiva del control en las entidades del sector público local, se ha estimado conveniente y apropiada la auditoría de las cuentas anuales de la Fundación en el ejercicio 2022 y siguientes, por su contribución a la trasparencia y fiabilidad de la información económico financiera de la misma y afectar no solo a esta, sino también a los terceros que mantengan o puedan mantener relaciones con ella, e incluso a quienes conforman el Patronato de la Fundación. 

Corresponde al Patronato formular y aprobar las cuentas anualesCon carácter anual el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible confecciona el inventario, el balance de situación y la cuenta de resultados, en los que constan de modo cierto la situación económica, financiera y patrimonial de la fundación y elabora una memoria expresiva de las actividades fundacionales así como del exacto grado de cumplimiento de los fines fundacionales y de la gestión económica. La memoria especifica además las variaciones patrimoniales y los cambios en sus órganos de gobierno, dirección y representación. Igualmente, el órgano de gobierno de la Fundación [Patronato] practica la liquidación del presupuesto de ingresos y gastos del año anterior.

EJERCICIO 2023

Conformemente con el artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, apartado 1, con carácter anual el Patronato de la fundación confeccionará el inventario, el balance de situación y la cuenta de resultados, en los que consten de modo cierto la situación económica, financiera y patrimonial de la fundación y elaborará una memoria expresiva de las actividades fundacionales así como del exacto grado de cumplimiento de los fines fundacionales y de la gestión económica. La memoria especificará además las variaciones patrimoniales y los cambios en sus órganos de gobierno, dirección y representación; y establece dicho precepto en su apartado 2 que Igualmente, el órgano de gobierno de la fundación practicará la liquidación del presupuesto de ingresos y gastos del año anterior

Asimismo, dicho artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4 Los documentos a que se refieren los apartados 1 y 2 de este artículo se presentarán al Protectorado de Fundaciones Canarias dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

A resultas de lo anterior -no ha expirado el plazo para la presentación al Protectorado de las cuentas anuales del ejercicio 2023, que concluirá el próximo 30 de junio de 2024-, a fecha de 19 de febrero de 2024 el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible aún no ha formulado ni, por consiguiente, aprobado las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023 cerrado a a 31 de diciembre.

No obstante lo anterior, la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa, aunque con carácter provisional, que:

  • No ha incurrido en gastos por campañas de publicidad institucional.
  • No existen ayudas monetarias ni ayudas no monetarias.
  • Los gastos de personal en el año 2023 representan el 28,45 por 100 de los gastos totales habidos en el ejercicio.
  • En el ejercicio 2023 la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible no ha incurrido en gasto alguno en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.

EJERCICIO 2022

El Patronato de la Fundación, en la sesión celebrada el día 11 de mayo de 2023, acuerda por unanimidad formular y aprobar las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2022 cerrado a a 31 de diciembre.

De acuerdo con dichas cuentas, los ingresos y los gastos totales habidos y devengados en el ejercicio 2022 importaron respectivamente 539.256,38 y 522.803,27 euros, resultando en consecuencia un excedente en el ejercicio o resultados positivos que se cifra en 16.453,11 euros. Y destaca: 

  1. con respecto a los Ingresos, que el incremento habido en los mismos, de algo más de cien mil euros [de 437.747,99 en 2021 a 539.256,38 euros en 2022], trae su causa principalmente en el aumento de la aportación por el Excmo. Ayuntamiento, de 345.056,99 euros en 2021 a 400.000,00 euros en 2022, y también, aunque, en menor medida, en los ingresos procedentes de patrocinadores  y colaboradores, de 63.311,00 euros en 2021 a 114.081,38 euros; y 
  1. en relación con los Gastos, el aumento en los gastos de personal a raíz de la contratación laboral e incorporación a la plantilla de un técnico de medio ambiente (de 151.492,47 euros en 2021 a 191.198,13 euros en 2022) y, principalmente, en otros gastos de la actividad, de 243.962,74 euros en 2021 a 331.243,21 euros en 2022, con motivo de la realización de actividades conforme a su objeto social y al Programa de Actuación, Inversiones y Financiación para el ejercicio 2022.

El resultado habido en el ejercicio, de euros 16.453,11, es algo inferior al habido en el ejercicio inmediato anterior 2021, igual a 41.641,38 euros, lo que atestigua un mayor grado de ejecución presupuestaria (96,88 por 100) respecto al ejercicio anterior (82,00 por 100).

El Patronato acuerda por unanimidad aplicar el beneficio de 2022 a compensar los resultados negativos habidos en ejercicios anteriores y dotar reservas voluntarias, por importes de  5.356,61 y 11.096,50 euros respectivamente, así como y autorizar la presentación de aquellas en los registros e instancias administrativas en que proceda.

Asimismo, la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa que:

  • No ha incurrido en gastos por campañas de publicidad institucional.
  • No existen ayudas monetarias ni ayudas no monetarias.
  • Los gastos de personal en el año 2022 representan el 36,57 por 100 de los gastos totales habidos en el ejercicio.
  • En el ejercicio 2022 la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible no ha incurrido en gasto alguno en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.

Balance de situación a 31 de diciembre

Cuenta de resultados

Memoria de las actividades fundacionales

Memoria de la gestión económica

Liquidación del presupuesto de ingresos y gastos

Certificación del acta de la sesión extraordinaria del Patronato relativa a la formulación y aprobación de las Cuentas anuales comprensivas del inventario, balance, cuenta de resultados, liquidación del presupuesto de ingresos y gastos y memoria correspondientes al ejercicio 2022 cerrado a 31 de diciembre

EJERCICIOS ANTERIORES (2012 A 2021)

A tenor del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, se ejercerá por la Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife elcontrol externo del presupuesto y gasto público [a que se refiere el título VI del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales] sobre la totalidad de las entidades que conforman el sector público local por los órganos de intervención, entre ellas, la propia Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible (de aquí en adelante, la Fundación). 

Si bien la Fundación no supera los límites, que fija la Ley [art. 25.3 de Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias], referidos a la cifra de negocios, al importe total del activo según balance y al número anual medio de empleados, para someterse en todo caso a la auditoría obligatoria de sus cuentas anuales ni sus estatutos disponen la obligación de someter estas a auditoría, desde la perspectiva del control en las entidades del sector público local, la Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife considera conveniente y apropiado la auditoría de las cuentas anuales de la Fundación, por su contribución a la trasparencia y fiabilidad de la información económico financiera de la misma y afectar no solo a esta, sino también a los terceros que mantengan o puedan mantener relaciones con ella, e incluso a quienes conforman el Patronato de la Fundación.

El Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible, en su sesión celebrada el 11 de mayo de 2023, se pronuncia sobre este asunto, y acuerda unánimemente disponer la obligatoriedad de sometimiento de las cuentas anuales de esta Fundación a informe de auditoría y que esta entre en vigor y observancia antes del término del ejercicio económico 2023.

EJERCICIO 2023

Conformemente con el artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, apartado 3, se someterán a auditoría externa, con cargo a los fondos propios de la fundación, las cuentas de las fundaciones en las que concurran en la fecha de cierre del ejercicio, durante dos años consecutivos, al menos dos de las siguientes circunstancias: a) Que el total de su patrimonio supere los 400.000.000 de pesetas. b) Que el importe neto de su volumen anual de ingresos sea superior a 400.000.000 de pesetas. c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a cincuenta; añade como inciso, También se someterán a auditoría externa aquellas cuentas que, a juicio del Patronato de la fundación o del Protectorado de Fundaciones Canarias, y siempre con relación a la cuantía del patrimonio o el volumen de gestión, presenten especiales circunstancias que así lo aconsejen -circunstancia esta última que si concurre en el caso de esta Fundación, en virtud del acuerdo adoptado por el Patronato el 11 de mayo de 2023-.

Asimismo, dicho artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4 Los documentos a que se refieren los apartados 1 y 2 de este artículo se presentarán al Protectorado de Fundaciones Canarias dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

A resultas de lo anterior -no ha expirado el plazo para la presentación al Protectorado de las cuentas anuales del ejercicio 2023, que concluirá el próximo 30 de junio de 2024-, a fecha de 19 de febrero de 2024 el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible aún no ha formulado ni, por consiguiente, aprobado las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023 cerrado a a 31 de diciembre. 

Y el Patronato de la Fundación no puede hacer entrega al auditor censor jurado de cuentas de la cuentas anuales del ejercicio 2023, al no haber sido a 19 de febrero de 2024 aún formuladas y suscritas, para su examen, realización del trabajo de auditoría y emisión y presentación del informe de auditoría pertinente.

EJERCICIO 2022

El Patronato de la Fundación, en la sesión celebrada el día 11 de mayo de 2023, acuerda por unanimidad formular y aprobar las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2022 cerrado a a 31 de diciembre. Y hace entrega al auditor censor jurado de cuentas de la cuentas anuales del ejercicio 2022 formuladas y suscritas para su examen así como de la carta de manifestaciones, también suscrita, en relación con la auditoría de cuentas anuales y colabora en facilitar el acceso  ilimitado a toda la información que sea relevante para la preparación de las cuentas anuales y de información adicional para los fines de la auditoría de la que tenga conocimiento la Dirección. 

Informe de auditoría de cuentas (únicamente está disponible en formato pdf no editable, al haber sido entregado en este formato por el auditor censor jurado de cuentas) 

EJERCICIO ANTERIORES (2012 A 2021)

La Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible en los ejercicios 2012 a 2021 no supera los límites, que fija la Ley [art. 25.3 de Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias], referidos a la cifra de negocios, al importe total del activo según balance y al número anual medio de empleados, para someterse en todo caso a la auditoría obligatoria de sus cuentas anuales, ni sus estatutos disponen la obligación de someter estas a auditoría, ni su Patronato, desde la perspectiva del control en las entidades del sector público local, estima conveniente y apropiada la auditoría de las cuentas anuales de la Fundación

INGRESOS Y GASTOS

EJERCICIO 2023

Asimismo, dicho artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4 Los documentos a que se refieren los apartados 1 y 2 de este artículo se presentarán al Protectorado de Fundaciones Canarias dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

A tenor de lo que dispone el  artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4, no ha expirado a 19 de febrero de 2024 el plazo para la presentación al Protectorado de las cuentas anuales del ejercicio 2023 -plazo que concluirá el próximo 30 de junio de 2024-, y de manera consecuente el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible aún no ha formulado ni, por consiguiente, aprobado las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023 cerrado a a 31 de diciembre.

No obstante lo anterior, la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa, aunque con carácter provisional, que:

  • Los gastos de personal en el año 2023 representan el 28,45 por 100 de los gastos totales habidos en el ejercicio.

EJERCICIO 2022

La Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa que:

  • Los gastos de personal en el año 2022 representan el 36,57 por 100 de los gastos totales habidos en el ejercicio.

EJERCICIO 2023

Asimismo, dicho artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4 Los documentos a que se refieren los apartados 1 y 2 de este artículo se presentarán al Protectorado de Fundaciones Canarias dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

A tenor de lo que dispone el  artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4, no ha expirado a 19 de febrero de 2024 el plazo para la presentación al Protectorado de las cuentas anuales del ejercicio 2023 -plazo que concluirá el próximo 30 de junio de 2024-, y de manera consecuente el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible aún no ha formulado ni, por consiguiente, aprobado las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023 cerrado a a 31 de diciembre.

No obstante lo anterior, la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa, aunque con carácter provisional, que:

  • En el ejercicio 2023 la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible no ha incurrido en gasto alguno en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.

EJERCICIO 2022

La Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa que:

  • En el ejercicio 2022 la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible no ha incurrido en gasto alguno en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.

EJERCICIO 2023

Asimismo, dicho artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4 Los documentos a que se refieren los apartados 1 y 2 de este artículo se presentarán al Protectorado de Fundaciones Canarias dentro de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

A tenor de lo que dispone el  artículo 25 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, en su apartado 4, no ha expirado a 19 de febrero de 2024 el plazo para la presentación al Protectorado de las cuentas anuales del ejercicio 2023 -plazo que concluirá el próximo 30 de junio de 2024-, y de manera consecuente el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible aún no ha formulado ni, por consiguiente, aprobado las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023 cerrado a a 31 de diciembre.

No obstante lo anterior, la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa, aunque con carácter provisional, que:

  • No ha incurrido en gastos por campañas de publicidad institucional.
  • No existen ayudas monetarias ni ayudas no monetarias.

EJERCICIO 2022

La Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible informa que:

  • No ha incurrido en gastos por campañas de publicidad institucional.
  • No existen ayudas monetarias ni ayudas no monetarias.

Información actualizada a 19 de febrero de 2024