Las Cuentas Anuales se preparan a partir de los registros contables de la Fundación Santa Cruz Sostenible, aplicándose las disposiciones legales vigentes en materia contable, y mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación.
En las Cuentas Anuales se han aplicado hasta el ejercicio 2011 los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1515/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de PYMES y los criterios contables específicos para microempresas y el resto de disposiciones legales vigentes en materia contable, en concreto, la adaptación sectorial en vigor a la fecha de publicación del Real Decreto 1515/2007, para entidades sin fines lucrativos, en todas aquellas cuentas que no se opongan a la estructura del nuevo plan. A partir del 1 de enero de 2012 la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible formula sus cuentas anuales adaptándolas a la normativa aprobada mediante Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre por las que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y ajustándose el ejercicio 2013 y siguientes a la Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos y se tiene en cuenta asimismo el Real Decreto 602/2016 de 2 de Diciembre.
A tenor del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, se ejerce el control del presupuesto y gasto público [a que se refiere el título VI del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales] sobre la totalidad de las entidades que conforman el sector público local por los órganos de intervención, entre ellas, la propia Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible.
Si bien la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible no supera los límites, que fija la Ley [art. 25.3 de Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias], referidos a la cifra de negocios, al importe total del activo según balance y al número anual medio de empleados, para someterse en todo caso a la auditoría obligatoria de sus cuentas anuales, ni sus estatutos disponen la obligación de someter estas a auditoría, desde la perspectiva del control en las entidades del sector público local, se ha estimado conveniente y apropiada la auditoría de las cuentas anuales de la Fundación en el ejercicio 2022 y siguientes, por su contribución a la trasparencia y fiabilidad de la información económico financiera de la misma y afectar no solo a esta, sino también a los terceros que mantengan o puedan mantener relaciones con ella, e incluso a quienes conforman el Patronato de la Fundación.
Corresponde al Patronato formular y aprobar las cuentas anuales. Con carácter anual el Patronato de la Fundación Canaria Santa Cruz Sostenible confecciona el inventario, el balance de situación y la cuenta de resultados, en los que constan de modo cierto la situación económica, financiera y patrimonial de la fundación y elabora una memoria expresiva de las actividades fundacionales así como del exacto grado de cumplimiento de los fines fundacionales y de la gestión económica. La memoria especifica además las variaciones patrimoniales y los cambios en sus órganos de gobierno, dirección y representación. Igualmente, el órgano de gobierno de la Fundación practica la liquidación del presupuesto de ingresos y gastos del año anterior.